Instrucción IS-47 del consejo de seguridad nuclear
Informarles que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado la Instrucción IS-47 del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), que desarrolla y concreta las obligaciones establecidas en el Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, en relación con la exposición a radiación natural debida al gas radón en los lugares de trabajo.
Esta nueva instrucción establece, entre otras cuestiones, un listado oficial de municipios clasificados como de actuación prioritaria contra el radón, sobre los cuales recaen obligaciones específicas de evaluación y control. Este listado se corresponde con los municipios incluidos en la denominada Zona II del Documento Básico HS6 del Código Técnico de la Edificación.
A este respecto, todas las empresas titulares de actividades laborales que dispongan de centros de trabajo situados en alguno de estos municipios deben comprobar si desarrollan su actividad en locales ubicados en planta baja o sótanos, o bien en espacios cerrados susceptibles de acumulación de radón, como túneles, galerías, instalaciones subterráneas, balnearios, estaciones de bombeo, garajes, etc.
En caso afirmativo, y conforme a lo dispuesto en el artículo 75 del RD 1029/2022, la empresa deberá garantizar la realización de mediciones específicas para estimar el promedio anual de concentración de radón en el aire interior de dichos locales, debiendo verificarse que no se superan los niveles de referencia establecidos (300 Bq/m³). Las mediciones deben ser realizadas con detectores pasivos durante al menos tres meses, por parte de laboratorios acreditados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17025. Los resultados deberán recogerse en un informe técnico y ser incorporados a la evaluación de riesgos laborales del centro de trabajo.
En el caso de que los niveles de concentración superen el umbral legal, será necesario aplicar medidas preventivas como la mejora de la ventilación natural o forzada, la sectorización de espacios, la formación específica de las personas trabajadoras, o, en situaciones puntuales, la utilización de equipos de protección individual.
Por todo ello, le recomendamos que consulte a la mayor brevedad si su centro de trabajo se encuentra en alguno de los municipios incluidos en el listado publicado en la Instrucción IS-47. Puede acceder al documento completo en el siguiente enlace:
👉 Instrucción IS-47 del CSN – BOE 1 de mayo de 2025
👉 Mapa de municipios (CSN) y Búsqueda por municipios (RadonSpain)
https://www.csn.es/mapa-de-zonificacion-por-municipio
Si su centro de trabajo está ubicado en alguno de los municipios afectados, le rogamos que se ponga en contacto con nuestro equipo técnico. Previa aceptación de presupuesto nuestro personal se encargará de planificar y coordinar la campaña de medición de radón, realizar el seguimiento técnico y documentar los resultados, asegurando el cumplimiento legal y la protección de la salud de las personas trabajadoras.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional.