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Riesgos Patinetes Eléctricos

www.prevencionar.com , 25/10/2021
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El patinete eléctrico no es un juguete, ¿sabemos utilizarlo de forma segura?

A raíz de la pandemia COVID-19 y como una vía más del fomento del uso de medio de transporte particular en detrimento del transporte colectivo en el  que existe una mayor percepción de riesgo de contagio, observamos un aumento de los patinetes eléctricos en nuestras ciudades.

Su sencillo manejo y accesibilidad lo hacen atractivo como medio para desplazarnos. Además es económico, divertido, fácil de transportar, aparcar, minimiza atascos y al ser eléctrico es menos contaminante.

Pero, ¿son todo ventajas frente a otro tipo de vehículos?

1 PATINETE

Puede parecer que sí, pero en el ámbito de la nueva movilidad a la que nos enfrentamos, hay una cuestión que no debemos dejar de lado y es si el patinete eléctrico es un medio de transporte exento de riesgos, tanto para la persona que lo conduce como para el resto de personas con las que  se comparte la vía.

Atendiendo a los últimos datos de siniestralidad relacionados con este vehículo, el año 2020 se cerró con 109 lesionados (24 más que en 2019) y 6 fallecidos como resultado de colisiones, atropellos y caídas. La mayoría de los siniestros ocurrieron en las ciudades (98%), y en concreto, en los carriles para vehículos (66%).

En cuanto a las consecuencias, estudios ya han demostrado que las lesiones pueden ser graves al ser la cabeza la principal zona afectada.  En caso de atropello a un peatón, las consecuencias también son importantes y más cuando hay implicados menores o personas de avanzada edad.

¿Cuáles son las normas de utilización de estos vehículos?

Se regulan en el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, que entró en vigor el 2 de enero de 2021  y sobre el que las ordenanzas municipales han ido estableciendo medidas más restrictivas o específicas por el incremento de siniestros en núcleos urbanos.

El patinete eléctrico se define como un Vehículo de Movilidad Personal (VPM) con una o más ruedas, dotado de una única plaza sin asiento, de motor eléctrico y limitado a una velocidad entre 6 y 25 km/h.

Por encima de esta velocidad ya no se considera VPM, sino ciclomotor. Se les prohíbe expresamente circular por aceras y zonas peatonales, por túneles urbanos y por vías interurbanas, autovías y autopistas.

Tienen las mismas obligaciones que el resto de conductores de cara a cumplir con el código de circulación:

  • Respetar prioridades de peatones, semáforos, señalización, responsabilidad por conducir bajo los efectos de alcohol y/o drogas.
  • Utilizar iluminación y prendas reflectantes en conducción nocturna
  • Disponer de certificado  de circulación que acredite que el vehículo cumple con los requisitos técnicos obligatorios,  expedido por el fabricante, si bien este certificado parece que no será obligatorio hasta el primer trimestre de 2023.

Sin embargo, no se establece como obligatorio:

  1. El uso de casco de protección cuando todos conocemos la importancia de proteger nuestra cabeza.
  2. Contratar seguro para circular con estos vehículos que protegería al propio accidentado y daños a terceros.
  3. Formación previa que acredite el conocimiento de las normas de seguridad vial  para su uso, que aportaría una formación teórico- práctica mínima en el uso seguro del vehículo por parte de usuarios que pueden manejar este vehículo desde los 16 años.

Por este motivo está previsto que próximamente exista una nueva revisión de la Ley de Tráfico que unifique estos criterios que de por sí presentan disparidades por las distintas ordenanzas municipales de cada municipio.

La formación como herramienta de sensibilización

La formación de nuevo es el eje sobre el que debe girar seguridad vial. A pesar de que todo el mundo conoce la norma o tiene la aptitud para manejar un vehículo, continuamos teniendo siniestros a diario.

3 PATINETE

En el caso del patinete falta una vez más percepción del riesgo, en un vehículo que A primera vista puede parecer un juguete.

Es frecuente verlos circular a velocidad excesiva (existen videos tutoriales en internet dónde nos explican cómo tunear estos equipos), ocupados por dos personas (padres que llevan a sus hijos al colegio), circulando por las aceras en las que transitan peatones, o conduciendo con auriculares y el móvil.

Afortunadamente y ante la falta de sensibilización que reconocen los propios usuarios, destacan positivamente iniciativas para promover actividades formativas como las de La Fundación CNAE(Confederación Nacional de Autoescuelas) y FESVIAL (Fundación Española para la Seguridad Vial).

 ¿Qué podemos recomendar a los trabajadores que cada vez los utilizan más para desplazarse a nivel profesional, o al ir o volver del trabajo?

  • Velocidad: Nunca pueden superar los 25 km/h. Está totalmente prohibida su manipulación para incrementar sus prestaciones. Se deberá reducir la velocidad y adaptarla a  condiciones más restrictivas ante la presencia de otros usuarios en la vía.

A mayor velocidad más probabilidad de lesiones y de mayor gravedad, más distancia de frenado, mayor tiempo de reacción…

  • Protección individual. Nuestro cuerpo actúa de chasis. Usar guantes, rodilleras y en especial casco de seguridad homologado reducen notablemente el riesgo de lesiones ante una caída o colisión. ¿Quién nos iba a decir hace un año y medio que nos íbamos a acostumbrar a llevar las mascarillas como protección frente al COVID?

Es cuestión de mentalizarse. 

  • Calzado adecuado que sujete firmemente el pie, evitando suelas resbaladizas y en verano no usar chanclas, u otro tipo de calzado como sandalias o zuecos, etc.

Evitar en la medida de lo posible circular sobre pavimentos deslizantes, mojados o con gravilla y evitar usar el pie para frenar. Para hacernos visibles se aconseja igualmente el uso de chalecos reflectantes, de señalización luminosa (obligatoria por la noche) o acústica detectora de presencia.

  • Revisar habitualmente el estado de desgaste delas ruedas, frenos, etc. Si el vehículo es plegable, asegurarse de estar bien anclado antes de cada uso.
  • No usar auriculares ni el móvil mientras se conduce. Además de ser práctica sancionable, limita notablemente la percepción del riesgo y la capacidad de reacción.

4 PATINETE

  • Valorar la contratación de un seguro de responsabilidad. A día de hoy no es obligatorio, pero no es excesivamente caro y aporta tranquilidad y respaldo en caso de accidente ya sea como sujeto activo o pasivo.

Teniendo en cuenta que para la legislación española tanto el accidente en misión como el in itinere son accidentes de trabajo, y que además este vehículo está siendo utilizado por repartidores ante el boom del reparto de última milla, las empresas tienen que continuar analizando la movilidad de sus empleados, implantar sus planes de movilidad y/o evaluaciones de riesgos con medidas preventivas específicas,  para mejorar la seguridad vial no sólo de los trabajadores de la empresa, sino también del resto de personas con las que se comparte la vía.

Conciliar el tráfico urbano y la seguridad vial depende de todos/as.

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